Corría el minuto 51 del segundo tiempo y el triunfo celeste parecía sentenciar el duelo contra Ñublense por la cuenta mínima. Sin embargo, sabiendo que los fuegos de artificio son prohibidos en los recintos deportivos, un hincha de la barra de O´Higgins prendió una bengala, y no conforme sólo con esto la lanzó al terreno de juego pudiendo haber causado daño a algunos de los jugadores que disputaban el encuentro en ese momento, sin contar el daño que causó a la pista sintética del recinto.
Según el artículo 51, nº 2 de las Bases del Campeonato 2013 - 2014 de la ANFP, se prohíbe el ingreso de fuegos artificiales, bombas de ruido, petardos o cualquier otro elemento similar contemplado en la Ley de Control de Armas. Por lo tanto, el ingreso de esta bengala y debido a los daños que causó la caída de ésta, el Club deberá hacerse responsable por el pago de 10 unidades de fomento, según el artículo 62, nº 1 de dichas bases. Esto se conocerá luego que el Tribunal de Disciplina determine el pago o no de esta sanción.
Si bien no podemos cegarnos y entender que esto solía pasar continuamente antes de las prohibiciones que existen hoy por hoy en los estadios, entendemos que con las leyes actuales el cuadro celeste se podría ver envuelto al ser castigado con multas económicas, y lo peor de todo, con suspensión de público o localía, lo cual complica a la dirigencia y a los hinchas por lo mucho que ha costado encontrar un estadio para jugar de local.
Abrimos nuestras redes y web para que puedan darnos sus opiniones...
Fotografías | Christopher Bueno F.
Fotografías y vídeos todos los derechos reservados - prohibida su reproducción sin previo aviso Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.
"Para quedar en la historia primero tenemos que estar ahí - CapodeProvincia.cl CAPO DE PROVINCIA ®
No hay comentarios:
Publicar un comentario