Los albos arriesgan multas por agresión al "Tucu"


Colo Colo podría sufrir fuertes sanciones por el Tribunal de Disciplina de la Anfp...

O’Higgins logró la tarde del viernes un valioso empate a un gol en el estadio Monumental frente a Colo Colo, pero no todo quedó en lo ocurrido en el campo de juego. Cuando terminó el encuentro y los jugadores se trasladaban a camarines, desde la barra local lanzaron proyectiles a los jugadores celestes, donde uno de ellos fue recibido por Matías “Tucu” Sepúlveda en su cabeza. Se trató de una moneda que le produjo un corte y que fue suturado por el cuerpo técnico en camarines. 

El proyectil habría sido lanzado y caído entre los paraguas y las mangas que resguardaban la entrada a la cancha de los jugadores como confirmó CDF luego de terminado el partido. 

Por parte de O’Higgins se habría realizado la denuncia el día de ayer a Carabineros para así dejar constancia de lo sucedido. Además, hoy por la mañana se ratificó que el árbitro del partido Cristián Andaur, incluirá en su informe final este hecho que le podría traer fuertes consecuencias a Colo Colo como está establecido en el Libro Segundo de la Penalidad, TÍTULO IV, “Responsabilidad por la conducta de los espectadores”, Artículo 66, del Código de Procedimientos y Penalidades de la ANFP que establece; amonestaciones, multas, suspensión de público o jugar a puertas cerradas según su grado. 

“ARTÍCULO 66º: El club que oficie de local deberá ser diligente en el cumplimiento de las obligaciones que impone la ley 19.327, sobre Violencia en los Estadios a fin de evitar conductas impropias de los espectadores so pena de aplicarse las sanciones previstas en este artículo.
Los espectadores ubicados en el sector que previamente el club local haya reservado para los adherentes o simpatizantes del club visitante, serán considerados seguidores de este último club, salvo prueba en contrario, y en tal caso se sancionará solamente al club visitante.
Se considera conducta impropia, entre otras, los actos de violencia contra personas o cosas, la utilización de objetos inflamables, el lanzamiento de objetos, el despliegue de pancartas con textos ofensivos al honor, los gritos injuriosos reiterados y que tengan un contenido xenófobo, racista, religioso o político y, la invasión al campo de juego.
En caso de ocurrir algunos de los hechos señalados, el Tribunal de Disciplina, por denuncia del árbitro del partido, del Directorio de la asociación, de cualquier club participante en el Torneo o de oficio, podrá aplicar una o más de las siguientes sanciones:

a) Amonestación al club.
b) Multa desde 10 a 100 Unidades de Fomento.
c) Prohibición de ingreso de público al estadio, de uno a cinco fechas, excepto los que autorice el tribunal autónomo de disciplina;
d) Suspensión del estadio, si en los incidentes han participado adherentes del club local, de una a cinco fechas, suspensión que deberá cumplirse en forma consecutiva; y,
e) Realización de uno a cinco juegos a puertas cerradas.




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